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El próximo 30 de marzo cambian las condiciones de las páginas de Facebook. El nuevo TL supondrá modificaciones en la normativa que debes manejar.  Efectuamos un recorrido por la normativa oficial de Facebook.

Te resumimos a continuación las principales condiciones publicadas en su página oficial.

Restricciones en la portada

Todas las portadas son públicas, lo que significa que estarán abiertas a cualquier usuario que acceda al perfil.  Queda prohibido incitar a los usuarios a que suban la portada corporativa en sus biografías personales.

Las portadas no pueden incluir:

  • Información sobre  compra o precios, tampoco información sobre descuentos o promociones.
  •  Información de contacto. Esto incluye la  dirección de un sitio web, dirección postal, correo electrónico o información que debería incluirse en la sección de información de la página.
  • Llamadas a la acción al estilo  «Me gusta» o «Compartir», tampoco símbolos desde la foto de portada que animen a una de estas acciones.

Aplicaciones de las páginas

Las aplicaciones que se incluyan en tu página deben cumplir las Normas de la plataforma de Facebook.

Ofertas

  • Si creas una oferta a través de la herramienta de creación debes tener en cuenta que la empresa es la responsable de garantizar que se cumplen las leyes, normativas y reglamentos aplicables.
  •  Si existe alguna restricción en tu oferta (como una fecha de caducidad o limitaciones para el canje de un cupón) debe informarse  a los usuarios en la sección de condiciones de la oferta.
  • No debes utilizar la herramienta de creación de ofertas de Facebook para ofrecer el equivalente a una tarjeta de regalo, certificado de regalo o tarjeta de valor almacenado.

Promociones

Si utilizas Facebook para administrar una promoción serás responsable de que el funcionamiento de la promoción cumpla la legalidad vigente.

Las promociones de Facebook se deben administrar en aplicaciones que están en Facebook.com, ya sea en la página principal o en una aplicación de una página.

Las promociones deben incluir:

  • Una exoneración completa de Facebook de toda responsabilidad por parte de cada concursante o participante. Un reconocimiento de que la promoción no está patrocinada, avalada, administrada ni asociada en modo alguno a Facebook.
  • Un aviso de divulgación que indique que el participante proporciona información a [destinatarios de la información] y no a Facebook.

El registro o participación del usuario en la promoción no pueden depender de que realice una acción en ninguna función de Facebook, a excepción de hacer clic en el botón “Me gusta” de una página, indicar que se encuentra en un establecimiento con página de lugar en Facebook o conectar con tu aplicación.

No debes usar las funciones ni las características de Facebook, por ejemplo el botón «Me gusta», como mecanismos de votación para una promoción.

No debes notificar a los ganadores por medio de Facebook, a través de los mensajes, el chat o las publicaciones en perfiles (biografías) o páginas de Facebook.

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¿Y qué pasa con las landing pages o páginas de aterrizaje?

La utilización de páginas de aterrizaje queda supeditada a la contratación de publicidad en Facebook Ads.  El administrador  de la página podrá seleccionar la pestaña que quiera establecer como entrada a su página siempre y cuando exista una contratación previa de una campaña de publicidad.

Si quieres consultar el documento completo de Facebook accede desde este enlace. 

Autor: Cristina Sancarlos